MODIFICACIÓN REGLAMENTO GENERAL DE CONDUCTORES (CON ADJUNTO)

Estimada/o presidenta/e,

 

Desde CNAE, os informamos que el BOE correspondiente al día de hoy ha publicado la Orden PCM/518/2023, de 26 de mayo, por la que se modifica el Anexo IV del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, que entrará en vigor mañana, día 27 de mayo de 2023.

 

La citada orden modifica el apartado 5.1 y apartado 14 del Anexo IV “Aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso o de la licencia de conducción” del Reglamento General de Conductores,  para que, en el caso de trastornos oncohematológicos, las personas que hayan superado los tres primeros años con una remisión completa de la enfermedad, debidamente acreditada por un informe del oncólogo o hematólogo competente, y de que en el supuesto de otros procesos oncológicos, si no hay evidencia de la enfermedad actual, no se está recibiendo tratamiento activo y se emita previo informe favorable del especialista, puedan renovar su documentación, no por el plazo de tres o cinco años previsto actualmente, sino por el que les correspondiera por razón de la edad. Es decir, asimilarles al resto de la ciudadanía, que es lo que les corresponde en justicia, ya que son personas que han superado la enfermedad y están en las mismas condiciones que la población general.

 

Sin otro particular, recibe un cordial saludo.

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