Estimada/o Presidenta/e,
Por si te resultara de interés, te informo que se ha publicado la convocatoria de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigidas a las personas trabajadoras y desempleadas de ámbito estatal, dotada con un presupuesto de 128 millones de euros.
Desde nuestro Departamento de Formación Subvencionada de CNAE nos ponemos a su disposición en caso de estar interesado en solicitar estas ayudas. El coste de este servicio sería un 5% de la subvención concedida en caso de que la gestión fuera llevada a cabo por la propia entidad beneficiaria (centro de formación) y un 10% de la subvención concedida si además la gestión la realizara CNAE. Debido a lo laborioso de la convocatoria y al poco tiempo de que se dispone, solo se podrán gestionar un número limitado de solicitudes.
Objeto: Se convoca la concesión de subvenciones a entidades de formación para la realización de acciones formativas vinculadas al Sistema de Formación Profesional dirigidas a personas trabajadoras tanto ocupadas como desempleadas.
Acciones formativas subvencionables. Se entiende por acción formativa subvencionable aquella que conduce a la obtención, completa o parcial, de un Certificado de Profesionalidad. Deberán tener por objeto certificados completos o módulos profesionales incluidos en los mismos asociados al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Se consideran prioritarias las áreas sectoriales y transversales establecidas en el anexo I de esta convocatoria, entre las que se incluye el sector del transporte y la logística.
Se establecen varias líneas de programas de formación:
1. Línea I: Formación dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, constituida por programas de formación sectoriales y transversales, así como programas dirigidos a trabajadores autónomos o a entidades de economía social.
Los programas de formación sectoriales, de ámbito estatal, estarán compuestos por acciones formativas vinculadas a Certificados de Profesionalidad, ofertados en su totalidad o de manera parcial y con carácter modular, dirigidas a la formación de trabajadores, que responda a las necesidades de adquisición de competencias técnico-profesionales específicas a cada uno de los sectores productivos.
Los programas de formación transversales estarán compuestos por acciones formativas vinculadas a Certificados de Profesionalidad, ofertados en su totalidad o de manera parcial y con carácter modular, dirigidas al aprendizaje de competencias transversales y comunes a varios sectores de actividad económica o de competencias específicas de un sector para el reciclaje y recualificación de trabajadores de otros sectores. Se valorarán de forma positiva, en el caso de programas de formación transversales, los vinculados a las áreas prioritarias establecidas en cada convocatoria
2. Línea II: Formación dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, constituida por acciones formativas específicas para responder a las necesidades de cualificación detectadas por empresas.
3. Línea III: Formación dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas.
Beneficiarios: podrán solicitar estas subvenciones las entidades de formación, públicas o privadas, acreditadas para la impartición de los Certificados de Profesionalidad que soliciten, e inscritas a tal efecto en el Registro correspondiente, así como las agrupaciones de estas entidades.
Las agrupaciones podrán estar formadas por un máximo de cuatro entidades y deberán nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.
Las entidades de formación deberán estar acreditadas en el momento de presentación de la solicitud para aquellos Certificados de Profesionalidad que constituyan el objeto de la misma. Asimismo, las entidades deberán cumplir por cada certificado u oferta formativa los requisitos establecidos en los reales decretos reguladores de cada uno de ellos y deberán disponer de instalaciones, equipamientos y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica para impartir la formación, tanto teórica como práctica, así como la calidad de la misma.
Las instalaciones, equipamientos y otros recursos podrán ser propios o bien de titularidad de terceras entidades privadas o públicas.
Las entidades solicitantes deberán estar al corriente, durante todo el procedimiento, en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El plazo de presentación de solicitudes: hasta el próximo 18 de noviembre de 2023, incluido.
Las solicitudes se presentarán a través del correspondiente registro electrónico, que se encontrará disponible en la sede electrónica asociada del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Para más información puede pinchar en el siguiente enlace: https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/general/25/2599406/ficha.html (Convocatoria 2023) y desde CNAE os podemos atender en el correo electrónico ana.villarreal@cnae.com
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.